Es claro que muchos colombianos aprovechan la Semana Mayor como una época de reflexión o descanso. Sin embargo, algunos empleados o compañías por sus operaciones y circunstancias no pueden tomar este descanso, sí este es el caso conozca cuánto le deberían pagar por trabajar este jueves 28 y viernes 29 de marzo.
En el caso del jueves y viernes santo, las jornadas laborales por ser en días festivos deberán tener el recargo correspondiente a estos días por lo que se le deberá pagar un 75% adicional en proporción a las horas trabajadas, esto según lo que corresponde por las obligaciones contractuales.
Por un lado, las personas que solo trabajan los fines de semana no tienen derecho al recargo adicional ya que están contratados para cubrir este tipo de jornadas, así mismo, los trabajadores que tengan un horario de 36 horas semanales con turnos de 6 horas diarias no podrán acceder al recargo.
Para las personas que tendrán que trabajar durante los festivos que se aproximan esta semana tendrán que ser remunerados con el pago adicional del 75% del salario base diario. Por lo que en el caso del salario mínimo un día que cuesta 38.667 pesos podrá contar con 29.000 pesos para un total de 67.667 pesos el día festivo trabajado.
En el caso en que se devengue un salario mayor al mínimo se podrá hacer el cálculo sumando el salario ordinario por hora multiplicando el número de horas laboradas, además se suma el salario ordinario por hora por el número de horas laboradas por 0,75.